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Confección de la lista de participantes al sorteo para el derecho preferente de adquisición de viviendas de las diferentes promociones.
Con carácter general:
Para condiciones específicas:
Para tomar parte en la selección de personas para la adquisición del derecho preferente a adquirir una de las vivienda y sus correspondientes anejos, se deberá cumplimentar la solicitud correspondiente, así como adjuntar los documentos requeridos.
El Ayuntamiento de Galdakao, practicadas las comprobaciones oportunas sobre la veracidad de las circunstancias alegadas en las solicitudes, procederá a la formación de grupos de solicitudes.
Una vez elaborados los grupos, serán expuestos en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, así como en la página web municipal (www.galdakao.net) , al objeto de que en dicho plazo se formulen cuantas reclamaciones o alegaciones tengan por conveniente realizar los interesados en la adjudicación del derecho preferente, así como para aportar la documentación complementaria que en su caso le sea requerida.
El Ayuntamiento de Galdakao resolverá las reclamaciones y se procederá a la elaboración de los grupos definitivos de las promociones de viviendas convocada.
La selección de adjudicatarios del derecho preferente de las viviendas de los respectivos grupos, se realizará mediante sorteo efectuado ante Notario, en acto público, fecha y lugar a señalar por el Ayuntamiento de Galdakao, una vez otorgada la calificación provisional de viviendas de protección oficial.
Adjudicados los números de sorteo de forma aleatoria, se procederá al sorteo para seleccionar las personas adjudicatarias del derecho preferente de las viviendas dentro de cada lista.
Concluido el sorteo de los adjudicatarios iniciales, se procederá a formar una lista de espera por cada grupo. En caso de renuncia, baja, incumplimiento de condiciones ante el Gobierno Vasco o resolución de alguna de las adjudicaciones, se designarán nuevos adjudicatarios por riguroso orden de lista de espera, confeccionada mediante sorteo.
La eficacia de este derecho preferente de adquisición de las viviendas, quedará expresamente sometida al cumplimiento de la normativa de viviendas de promoción oficial en lo referente a la ocupación, transmisiones y cuantos otros extremos no estuvieran expresamente contemplados en las presentes Bases.
Por Orden de 1 de agosto de 2004 del Consejero del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales, sobre determinación de precios máximos de viviendas de protección oficial los precios máximos en promociones de VPO con calificación provisional presentada a partir del 1 de septiembre de 2004 serán los siguientes:
- Viviendas ...................................1.350,56 €/m2 útil.
En las viviendas de superficie útil igual o inferior a 75 m2 de nueva construcción se podrá incrementar el precio máximo de la vivienda en un 10%.
- Anejos ......................................... 471,95 €/m2 útil.
Por otro lado a partir del año 2005, los precios se actualizarán automáticamente todos los años el día 1 de septiembre, teniendo en cuenta el incremento porcentual interanual del índice de Precios al Consumo general referente a la Comunidad Autónoma del País Vasco publicado por el Instituto Nacional de Estadística correspondiente al índice interanual del mes de junio.
Para IDENTIFICACIÓN
Para acreditar RESIDENCIA
Para acreditar la DISCAPACIDAD
Para acreditar INGRESOS ECONÓMICOS (con respecto a todos los titulares)