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Descripción:
Puede darse uno de los dos casos siguientes:
- que se trate de una actividad exenta de la obtención de la licencia de actividad prevista en la Ley 3/1998, de 27 de febrero, general de protección del medio ambiente del País Vasco.
- que se trate de una actividad clasificada para la obtención de la licencia de actividad prevista en la ley indicada anteriormente.
La consideración de si se trata de actividad exenta o clasificada queda regulada por el Decreto 165/1999, de 9 de marzo, por el que e establece la relación de actividades exentas de la obtención de licencia de actividad prevista en el Ley 3/1998 (Publicado en el B.O.P.V. de 26 de marzo de 1.999).
En cualquiera de los casos, además de la documentación necesaria para la obtención de la licencia de obra de acondicionamiento del local, ha de obtenerse licencia de apertura, habiéndose de presentar a tales efectos la siguiente
Manual de procedimiento:
1.- Instancia normalizada solicitándose la correspondiente licencia de apertura.
2.- Documentación técnica exigida en el anexo IV del decreto 165/1999, de 9 de marzo, por el que se establece la relación de actividades exentas de la obtención de licencia de actividad prevista en la ley 3/1998 (publicado en el B.O.P.V. de 26 de marzo de 1999)
3.- Certificado final de obra y su correspondiente liquidación, expedido por el director facultativo de la misma, visado en el colegio profesional correspondiente.
4.- Copia del Alta en el Impuesto de Actividades Económicas.
Actividad clasificada para la obtención de licencia de actividad.
1.- Instancia normalizada, solicitándose las correspondientes licencias de actividad y apertura.
2.- Proyecto de actividad (3 copias) redactado por técnico competente y visado en colegio profesional correspondiente.
3.- Certificado final de obra que incluya la certificación del cumplimiento de las medidas correctoras impuestas, redactado por el técnico director y visado en colegio profesional correspondiente.
4.- Copia del Alta en el Impuesto de Actividades Económicas.
Observaciones:
La obtención de la licencia de actividad es previa a la licencia de obras y a la licencia de apertura