Temp.: 13°
Sens. term.: 9°
Viento: 29,6 km/h NNW
Descripción:
Gozarán de una exención de un 50 por 100 los vehículos históricos, o aquellos que tengan una antigüedad mínima de veinticinco años contados a partir de la fecha de su fabricación. Si esta no se conociera, se tomará como tal la de su primera matriculación, o en su defecto, la fecha en que el correspondiente tipo o variante de dejó de fabricar.
Manual de procedimiento:
Para gozar de esta bonificación los interesados deben instar su concesión al Alcalde mediante solicitud que presentarán en el Registro General del Ayuntamiento en la que harán constar la matrícula del vehículo. Acompañarán documento justificativo de la primera matriculación (normalmente consta en el permiso de circulación); en su defecto, deben acreditar la antigüedad del vehículo con documento que justifique la fecha en que el correspondiente tipo o variante se dejó de fabricar.